La Autoridad Aduanera da respuesta a interrogante formulado con relación a la interpretación y aplicación de los impuestos saludables (impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas (IBUA) y el impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas (ICUI)).

Además, establece que estos regirán a partir del 1° de noviembre de 2023 (cfr. artículo 96 de la Ley 2277 de 2022), con la adición al Concepto General de la referencia (Concepto 003744 – interno 383 del 28 de marzo de 2023).

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