El Banco de la República mediante el Boletín Nº 60 del 13 de diciembre de 2021 efectúa modificaciones a la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83, incluyendo en la normatividad el procedimiento cambiario que deben seguir los denominados “Proveedores de servicios de pago agregadores” cuando actúen en operaciones de comercio exterior.
A partir de esta modificación normativa, el Régimen Cambiario se adecua a las nuevas realidades presentes en materia de comercio electrónico.
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