A través de la Resolución DIAN 033 del 7 marzo 22 la Autoridad Aduanera levanta la suspensión de términos relacionados con la permanencia de las mercancías bajo la modalidad de importación temporal para reexportación en el mismo estado; con el trámite de solicitudes de habilitación, inscripción, autorización, modificación y pérdida de registros aduaneros y autorizaciones de Operadores Económicos Autorizados; con los procesos de verificación de origen y la expedición de la resolución de ajuste de valor permanente y con la resolución de los recursos de competencia de la Dirección de Gestión de Aduanas, las Subdirecciones de Registro y Control Aduanero y de Técnica Aduanera.
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