Se permite la Autoridad Tributaria realizar adición al concepto unificado N°0106 de 2022- obligación de facturar y sistema de factura electrónica.
Surgiendo esta adición, de acuerdo a la Autoridad de; “La necesidad de determinar la procedencia del evento referido a las cesiones de derechos efectuadas sobre facturas electrónicas consideradas como título valor en el RADIAN, así como el alcance de las expresiones “a crédito” o con un “plazo para el pago” que se disponen en el artículo 616-1 del Estatuto Tributario. De la misma forma, resulta necesario interpretar cómo se debe cumplir con la remisión del mensaje electrónico de confirmación de recibido de la factura electrónica de venta y el mensaje electrónico del recibido de los bienes y/o servicios adquiridos cuando la venta de bienes y/o prestación de servicios se realiza a través de patrimonios autónomos”.
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