Estimados,

Comparto el vínculo donde podrán acceder al Boletín N° 45, emitido por el Banco de la República, el 28 de Octubre de 2016, , a través del cual se introducen importantes modificaciones a los procedimientos aplicables a las operaciones de cambio en Colombia.

Las modificaciones introducidas se presentan principalmente en las actuaciones cambiarias que se deben adelantar al desarrollar:

• Importaciones
• Exportaciones
• Endeudamientos externos
• Inversiones internacionales
• Avales
• Operaciones al amparo del régimen de Zonas Francas
• Operaciones internacionales del sector de Hidrocarburos y Minería
• Canalización mediante los Intermediaros del Mercado Cambiario – IMC
• Canalización mediante cuentas de compensación

Oportuno es destacar en este ambiente de reformas que la responsabilidad en materia cambiaria se considera objetiva, y que el régimen sancionatorio aplicable a las infracciones cambiarias puede llegar a ser altamente oneroso dependiendo de la infracción cometida.

Ante este escenario resulta recomendable llevar a cabo una adecuada planeación cambiaria al momento de realizar transacciones internacionales, la cual se debe integrar con las áreas aduaneras y tributarias, a fin de administrar riesgos y optimizar resultados en forma transversal.

Descargue aquí el Boletín.

Erwin Blanco Nagle
Socio Director
Blanco De Castro Lawyers,
eblanco@blancodecastro.com

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