Concluye la Autoridad Aduanera que: “Dada la relevancia de su labor, las agencias de aduanas no pueden instalarse en una zona franca, bajo el entendido que no podrían desde allí cumplir a cabalidad con lo exigido en el Decreto 1165 de 2019, específicamente, prestar sus servicios en todo el territorio nacional o en una sola de las jurisdicciones aduaneras, según su nivel”.
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