La Autoridad Aduanera se refiere a los requisitos, para ser inscrito como intermediario de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, relacionados con el capital social mínimo que se debe acreditar por parte del solicitante, así:

“Para esta Subdirección los artículos 96 del Decreto 1165 de 2019, 110 de la Resolución 46 de 2019 y 4° de la Ley 1369 del 2009 son disposiciones que deben aplicarse de manera armónica y complementaria con lo cual es de concluir que, para obtener la habilitación ante la DIAN como intermediario de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes se deberá acreditar, entre otras cosas, un capital social mínimo de 1.000 s.m.l.m.v.”

Consulte el documento en el siguiente vinculo.

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