La Autoridad Tributaria sobre el IVA en materias primas para la producción de medicamentos amparados bajo la partida arancelaria 30.06, establece lo siguiente:

“Las preparaciones y artículos farmacéuticos de la partida arancelaria 30.06 están exentos del IVA. Por su parte, las materias primas químicas para la producción de los medicamentos de las posiciones 29.36, 29.41, 30.01, 30.03, 30.04 y 30.06 están excluidos del mismo impuesto.”

Consulte el documento en el siguiente vinculo.

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