La Autoridad Aduanera manifestó: “Es claro entonces que el lugar de domicilio principal y los lugares donde desarrolla su actividad económica deben permitir y garantizar a la agencia aduanera, entre otros aspectos: (i) el desarrollo continuo de su objeto social, (ii) disponer de la infraestructura de computación, informática y comunicaciones, (iii) el archivo temporal y/o definitivo de las declaraciones de importación y sus documentos soportes y sobre el conocimiento de sus clientes, (iv) que sus clientes puedan claramente identificar el lugar donde su proveedor de servicio de agenciamiento aduanero desarrolla su actividad, (v) estar informado y actualizado en el Registro Único Tributario -RUT y (vi) estar informado y actualizado en el documento de constitución de la empresa vigente”.

Consulte el documento en el siguiente vinculo.

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