El proyecto modificatorio del Decreto 1165 de 2019 (Regulación Aduanera), representa un reto de gran importancia para el sector público – privado, en la medida que introduce cambios significativos a nivel de procedimientos y de disposiciones normativas para el desarrollo de las operaciones de comercio exterior.

Entre los cambios proyectados se encuentra la aplicación de la figura de la declaración de importación anticipada de forma obligatoria para todas las mercancías que pretendan ingresar al territorio aduanero nacional, permitiendo con lo anterior, regular aspectos concernientes al proceso de selectividad en el lugar de arribo, el pago de tributos aduaneros con posterioridad al proceso de selectividad e inspección y las actualizaciones que se pueden realizar frente a este tipo de declaraciones, hasta antes de iniciar el proceso de selectividad.

Cabe resaltar, que la figura de la declaración anticipada se encuentra presente en la legislación aduanera colombiana como un mecanismo para la facilitación al comercio, que propende por la reducción de tiempos y costos logísticos en las operaciones de comercio exterior, la cual se puede utilizar de forma voluntaria por parte de los importadores y de manera obligatoria cuando se trate de operaciones de importación de mercancías relacionadas con textiles y sus manufacturas, calzado e incluso con el acero.

Por otra parte, también encontramos que el proyecto plantea ajustar los términos y condiciones para la autorización de ingreso y salida de mercancías desde y hacia zona franca, a través del formulario de movimiento de mercancías, implementando una declaración de ingreso que el usuario operador deberá verificar junto con los demás documentos soporte de la operación. Tratándose de operaciones de exportación desde zona franca al resto del mundo, se exigirá la presentación de la solicitud de autorización de embarque (SAE), con la finalidad de documentar estas operaciones, al tiempo que verificar los compromisos del plan de internacionalización previsto para el régimen franco.

Así mismo, se proyecta promover la industria de astilleros, precisar procesos que se adecúen a la realidad logística y operativa de los puertos, permitir que las Sociedades de Comercialización Internacional – SCI puedan expedir certificados al proveedor a usuarios ubicados en zona franca, permitir que la reimportación en el mismo estado se pueda hacer sin límite de tiempo y permitir la presentación de documentos digitalizados.

Se contempla igualmente ajustar el procedimiento para las resoluciones de clasificación arancelaria, y adoptar criterios que garanticen la aplicación armónica de los pronunciamientos de la Comunidad Andina – CAN y la Organización Mundial de Aduanas – OMA.

Ante el nuevo panorama que se vislumbra en materia de legislación aduanera, surge una oportunidad histórica para unir esfuerzos orientados a crear una alianza entre el sector público y privado, con la finalidad de formar sinergias que permitan la adopción de un andamiaje normativo aduanero, concebido bajo estándares internacionales, alineado con las realidades propias del entorno económico interno, que en últimas permitan la dinamización del comercio exterior del país.

Así las cosas, resulta determinante avanzar al unísono en el desarrollo estructural del comercio exterior colombiano, a fin de tener un sector cada vez más competitivo y robusto, que se traduzca en el fortalecimiento de las exportaciones a los diversos mercados internacionales.

 

Cordialmente,

Oscar Mancipe Candanoza⁣
Abogado Senior⁣
omancipe@blancodecastro.com⁣
Blanco De Castro Abogados

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