La legislación aduanera en Colombia, permite la importación de unidades funcionales entendidas como una máquina o una combinación de máquinas constituidas por elementos individualizados, para realizar conjuntamente una función definida. En estas importaciones, deberá declararse la subpartida arancelaria establecida para la unidad funcional. En cada declaración de Importación se dejará constancia que la mercancía allí descrita es parte de la unidad funcional.

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