La resolución a través de la cual la casa principal decide establecer negocios en el país,deberá contener el monto del capital asignado a la sucursal, el cual no debe confundirse con el capital social, en la medida que este último es permanente y delimita la responsabilidad de los socios, mientras que el capital asignado es transitorio y no es un factor de delimitación de responsabilidad. El capital asignado deberá pagarse al momento de incorporar la sucursal en el país, para lo cual se tendrá que cumplir con las reglas de inversión extranjera, teniendo en cuenta que los recursos provienen de una persona jurídica en el exterior.

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