Las partes que componen la unidad funcional por clasificarse bajo una subpartida arancelaria única, pagaran a título de arancel la tarifa establecida para la subpartida. En materia de IVA, la legislación tributaria en Colombia establece que las maquinarias que no se produzcan en el país podrán importarse excluidas de IVA, sin embargo se deberán cumplir determinados requisitos para que sea procedente la exclusión. En caso contrario, se deberá pagar la tarifa de IVA aplicable.

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