Respecto a la obligación de transmitir información exógena cambiaria, la Autoridad Cambiaria, considera que; “Según lo establecen los artículos 90 y 91 de la Resolución Externa 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República, se reitera la obligación que tienen los residentes en el país que celebren operaciones de cambio de conservar los documentos que acrediten la operación … ya que, presentando dichos documentos o información en los términos y condiciones establecidas por la DIAN, se previenen incumplimientos de las obligaciones cambiarias exigibles y la imposición de las correspondientes sanciones que para el efecto haya establecido el Decreto Ley 2245 de 2011”.

Consulte el documento en el siguiente vinculo.

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