La cancelación de la autorización de levante genera que los tributos aduaneros que se hubieren cancelado en la importación de bienes al territorio colombiano carezcan de soporte legal, configurándose lo que en la legislación colombiana se conoce con el nombre de pago de lo no debido. Esta figura surge cuando se efectúa un pago sin que exista obligación legal de hacerlo, permitiendo al afectado solicitar la devolución de lo pagado indebidamente. En el caso de devolución de tributos aduaneros como consecuencia de la cancelación del levante, se debe tener presente que la legislación aduanera no establece un procedimiento reglado para llevar a cabo la mencionada cancelación, sin embargo la misma debe operar de forma previa a la solicitud de devolución para que se pueda argumentar el pago de lo no debido.

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