La Autoridad Aduanera realiza aclaración del Concepto Unificado No. 106 de agosto 19 de 2022, referente a la obligación de facturar y sistema de factura electrónica, abordando los siguientes interrogatorios:

“i) Además del mandato aduanero ¿Una agencia de aduanas puede celebrar un mandato comercial?

ii) ¿Un operador logístico puede facturar directamente a un importador o exportador los servicios de agendamiento aduanero?

iii) ¿Es posible solicitar, a través de factura electrónica, el reembolso de gastos en el que se haya incurrido en el marco de un mandato aduanero o comercial?

De ser posible y para efectos de la transmisión de la factura electrónica ¿qué se debe llevar a cabo para evitar un doble reporte de ingresos y costos o gastos?”

Consulte el documento en el siguiente vinculo.

Contacto:

info@blancodecastro.com

Contacta con nosotros

en_US
¿Necesitas ayuda? Habla con nosotros