La Corte Suprema de Justicia, mediante la Sentencia 8701, se pronuncia sobre la impugnación del fallo emitido el 15 de mayo de 2023 por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, en la salvaguarda que Frutyoriente S.A. le formuló a los Juzgados Promiscuos del Circuito y Municipal de Urrao.
Estableciendo con relación a la factura electrónica lo siguiente:
“Los requisitos que deben cumplirse para que una factura electrónica de venta preste mérito ejecutivo como título valor no constituyen un tema pacífico. Debido a la desmedida reglamentación de la materia y a la dispersión normativa, sus presupuestos, al igual que la forma de probarlos, difieren de un intérprete a otro.”

Consulte el documento en el siguiente vinculo.

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