{"id":273,"date":"2019-07-31T14:56:42","date_gmt":"2019-07-31T14:56:42","guid":{"rendered":"https:\/\/blancodecastro.com\/?p=273"},"modified":"2020-08-21T19:33:28","modified_gmt":"2020-08-21T19:33:28","slug":"administracion-del-riesgo-en-zonas-francas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blancodecastro.com\/en\/administracion-del-riesgo-en-zonas-francas\/","title":{"rendered":"Administraci\u00f3n del riesgo en zonas francas"},"content":{"rendered":"[et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; admin_label=&#8221;section&#8221; _builder_version=&#8221;3.22&#8243;][et_pb_row admin_label=&#8221;row&#8221; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; background_size=&#8221;initial&#8221; background_position=&#8221;top_left&#8221; background_repeat=&#8221;repeat&#8221;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;Text&#8221; _builder_version=&#8221;3.27.4&#8243; background_size=&#8221;initial&#8221; background_position=&#8221;top_left&#8221; background_repeat=&#8221;repeat&#8221;]\n<p>Los riesgos inherentes a los usuarios de zonas francas, dado su car\u00e1cter\ntransversal, exigen la adopci\u00f3n de instrumentos de control por parte de la\nm\u00e1xima direcci\u00f3n corporativa, que permitan en un alto grado prever la\nocurrencia de siniestros, o en su defecto identificar y controlar de forma\noportuna las contingencias que se llegaren a materializar.<br>\nEn materia de zonas francas, uno de los principales aspectos a tener en cuenta\nal dise\u00f1ar instrumentos de control de riesgos, es la ficci\u00f3n legal de\nextraterritorialidad, toda vez que por entenderse las zonas francas ubicadas\nfuera del territorio colombiano, la norma les otorga beneficios de naturaleza\ntributaria y de comercio exterior, los cuales no solo deben ser vistos desde la\nperspectiva del provecho, sino que se debe incorporar en su an\u00e1lisis un enfoque\ndel riesgo, en la medida que la aplicaci\u00f3n inexacta de estos beneficios puede\ngenerar graves vulneraciones normativas, con consecuencias sancionatorias de\nelevado impacto en las compa\u00f1\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre el particular, el r\u00e9gimen franco incorpor\u00f3 dentro de sus disposiciones\nlo que se denomina exclusividad, que en t\u00e9rminos generales busca la protecci\u00f3n\nde la ficci\u00f3n de extraterritorialidad, al no permitir que los usuarios industriales\nde zonas francas desarrollen sus actividades por fuera del \u00e1rea autorizada,\nsalvo contadas excepciones, lo cual supone que los modelos de negocios en estas\ncompa\u00f1\u00edas se deban dise\u00f1ar de forma tal que los procesos de producci\u00f3n,\ncomercializaci\u00f3n y distribuci\u00f3n se surtan en todo momento sin contrariar la\nrestricci\u00f3n normativa.<\/p>\n\n\n\n<p>Igual importancia reviste al momento de analizar los riesgos propios de las\nzonas francas, evaluar las posibles contingencias que rodean los procedimientos\nestablecidos para el ingreso y salida de bienes, toda vez que el r\u00e9gimen franco\nestablece requisitos espec\u00edficos que deben cumplirse para que sea procedente la\noperaci\u00f3n, sin embargo la determinaci\u00f3n del procedimiento aplicable, depender\u00e1\ndel tipo de contrato o transacci\u00f3n jur\u00eddica que genera el ingreso o la salida\nde los bienes a zona franca.<\/p>\n\n\n\n<p>En este punto, resulta oportuno diferenciar los movimientos f\u00edsicos de la\nmercanc\u00eda, frente a los movimientos en la titularidad de la propiedad, toda vez\nque no siempre ambas actuaciones ocurren en forma simult\u00e1nea, conllevando a que\nlos usuarios de zonas francas adquieran temporalmente la calidad de\nusufructuarios de estos bienes, quienes deber\u00e1n evaluar bajo un enfoque de\nprevenci\u00f3n de riesgos, el procedimiento a trav\u00e9s del cual los activos saldr\u00e1n\nde su patrimonio y del \u00e1rea especial autorizada.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, vale la pena resaltar la alta exposici\u00f3n al riesgo de lavado de\nactivos y financiaci\u00f3n del terrorismo que las autoridades de control atribuyen\na las zonas francas, lo cual obliga a fortalecer en este tipo de compa\u00f1\u00edas, los\ncontroles para la interacci\u00f3n con terceros proveedores, clientes y p\u00fablico en\ngeneral, al tiempo que exige atender determinadas normativas especiales como la\ndesignaci\u00f3n de oficiales de cumplimientos, la realizaci\u00f3n de reportes\nperi\u00f3dicos ante las autoridades respectivas, la adopci\u00f3n de manuales de\nprevenci\u00f3n, entre otros instrumentos de control dispuestos normativamente.<br>\nEn s\u00edntesis, las zonas francas y por supuesto las compa\u00f1\u00edas instaladas en\nellas, deben incorporar dentro de los an\u00e1lisis de la alta direcci\u00f3n no solo los\nbeneficios que el r\u00e9gimen legal les otorga, sino los riesgos asociados a la\ncalidad especial que poseen, en la medida que una adecuada administraci\u00f3n del\nriesgo contribuye a su mitigaci\u00f3n, al igual que permite reaccionar oportuna y\nacertadamente ante su materializaci\u00f3n.<\/p>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section]","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los riesgos inherentes a los usuarios de zonas francas, dado su car\u00e1cter transversal, exigen la adopci\u00f3n de instrumentos de control por parte de la m\u00e1xima direcci\u00f3n corporativa, que permitan en un alto grado prever la ocurrencia de siniestros, o en su defecto identificar y controlar de forma oportuna las contingencias que se llegaren a materializar. 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