{"id":361,"date":"2019-07-31T17:34:22","date_gmt":"2019-07-31T17:34:22","guid":{"rendered":"https:\/\/blancodecastro.com\/?p=361"},"modified":"2020-08-21T16:00:39","modified_gmt":"2020-08-21T16:00:39","slug":"importancia-del-contrato-de-compra-venta-como-soporte-de-las-exportaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blancodecastro.com\/en\/importancia-del-contrato-de-compra-venta-como-soporte-de-las-exportaciones\/","title":{"rendered":"Importancia del contrato de compra venta como soporte de las exportaciones"},"content":{"rendered":"[et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; admin_label=&#8221;section&#8221; _builder_version=&#8221;3.22&#8243;][et_pb_row admin_label=&#8221;row&#8221; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; background_size=&#8221;initial&#8221; background_position=&#8221;top_left&#8221; background_repeat=&#8221;repeat&#8221;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; 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regulaci\u00f3n\nsupranacional que fue incluida en nuestro ordenamiento dom\u00e9stico.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre el particular, debemos recordar que mediante la Ley 518 de 1999,\nColombia adopto la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Contratos de\nCompraventa Internacional de Mercader\u00edas, por lo que se puede afirmar sin lugar\na equ\u00edvocos que actualmente el ordenamiento jur\u00eddico colombiano dispone de un\ninstrumento contractual supranacional que regula el actuar de las partes en los\ncontratos internacionales de compra venta de bienes.<\/p>\n\n\n\n<p>La menci\u00f3n se\u00f1alada no es menor, al punto que frente a las autoridades\naduaneras el contrato de compra venta por ser un documento soporte de la\ntransacci\u00f3n internacional, se erige como el instrumento que plasma la realidad\necon\u00f3mica de la transacci\u00f3n, es decir el querer de las partes al momento de\ncontratar.<\/p>\n\n\n\n<p>La realidad econ\u00f3mica puede variar de una transacci\u00f3n a otra, incluso entre\nlos mismos sujetos, en un caso se puede estar frente a una compra venta en\nfirme, mientras que en otro es posible estar ante un contrato de arrendamiento,\nlas posibilidades son diversas y m\u00e1s en los actuales momentos donde los modelos\nde negocios migran a estructuras con altos grados de complejidad y\nsofisticaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, la importancia del contrato de compra venta no solo se reduce al\nentorno aduanero, sino que trasciende a la \u00f3rbita de negocios, como quiera que\nante la ocurrencia de posibles desacuerdos que las partes lleguen a presentar\nen el desarrollo de su relaci\u00f3n mercantil internacional, ser\u00e1 el instrumento\ncontractual el que permitir\u00e1 en instancias particulares y judiciales, evidenciar\nel verdadero sentir de las partes y en consecuencia los derechos y obligaciones\nque del mismo se derivan.<\/p>\n\n\n\n<p>La gesti\u00f3n del riesgo es otro elemento de an\u00e1lisis que juega un papel\ndeterminante al analizar el contrato como soporte de las transacciones de\nexportaci\u00f3n, toda vez que la construcci\u00f3n de este instrumento debe partir de\nlas caracter\u00edsticas espec\u00edficas que acompa\u00f1an cada negociaci\u00f3n en particular,\npara de esta forma lograr tener un clausulado que corresponda a la verdadera\nintenci\u00f3n de las partes intervinientes en la negociaci\u00f3n transfronteriza.<\/p>\n\n\n\n<p>Modelos contractuales abundan en el universo virtual, sin embargo una\nadecuada administraci\u00f3n del riesgo obliga a construir documentos propios, que\nincorporen no solo la manifestaci\u00f3n de la voluntad de las partes, sino aspectos\ntales como los mecanismos de soluci\u00f3n de controversias, obligaciones especiales\nde los contratantes, legislaci\u00f3n aplicable, clausulas penales, entre otros\npuntos que son de la esencia de este tipo de contratos.<\/p>\n\n\n\n<p>En suma, se puede afirmar que tanto en materia aduanera como de negocios, el\ncontrato de compra venta es el instrumento que por naturaleza est\u00e1 llamado a\nfungir como prueba de la realidad econ\u00f3mica en toda transacci\u00f3n, y su\ninobservancia no solo conlleva a eventuales riesgos, sino a probables\ninfracciones de corte aduanero con sus respectivas sanciones asociadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Un Abrazo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Erwin Blanco Nagle<\/strong><br>\nSocio<br>\nBlanco De Castro Abogados<br>\n<a href=\"mailto:eblanco@blancodecastro.com\">eblanco@blancodecastro.com<\/a><\/p>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section]","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El anterior Estatuto Aduanero (Decreto 2685 de 1999), y con mayor \u00e9nfasis, la nueva Regulaci\u00f3n Aduanera (Decreto 390 de 2016), otorgan especial importancia al documento que acredite la operaci\u00f3n que dio lugar a la exportaci\u00f3n, al punto de establecer como infracci\u00f3n el no contar con los soportes respectivos al momento de llevar a cabo la 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