La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, publica Proyecto de Resolución a través del cual adiciona el parágrafo segundo, al artículo 82 de la Resolución 4240 de 2000.

La adición normativa mencionada, establece que no se deberán presentar en las entidades autorizadas para recaudar, las declaraciones de importación que no generen la obligación de pago inmediato de los tributos aduaneros como condición para obtener la autorización de levante.

El PR fue publicado el 1 de Marzo de 2018, y la entidad recibirá comentarios hasta el 2 de Marzo.

Encuentre aquí el Proyecto de Resolución.

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