La legislación cambiaria en Colombia permite en un gran número de casos efectuar correcciones a los registros y demás actuaciones realizadas ante el banco central, sin embargo se deberá garantizar por parte del inversionista extranjero o su apoderado que las correcciones no modifiquen el tipo de transacción inicialmente informada, toda vez que los requisitos de registro varían de una transacción a otra. En todo caso, se deberá anexar al momento de solicitar la corrección, los documentos que la soporten.

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