Mediante doctrina la Autoridad Aduanera precisó que La declaración de legalización originada en las circunstancias indicadas en el artículo 52 del Decreto 1165 de 2019 sobre la cual no se cumplen los requisitos establecidos en dicho artículo, puede obtener el levante al amparo de lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 185 del Decreto 1165 de 2019 sin pago de rescate, si las diferencias encontradas son frente a lo indicado en el documento de transporte y se cumplan todas las condiciones establecidas en dicho numeral. El inspector dejará constancia de ambas circunstancias en la correspondiente acta de diligencia.

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