La asistencia técnica en el sector agropecuario no causa el IVA, siempre que se destine a la adecuación de tierras, la producción agropecuaria y la comercialización de los respectivos productos. Los usuarios de la asistencia técnica deberán expedir una certificación a quien preste el servicio, en donde conste la destinación, el valor y el nombre, la cual servirá como soporte de la exclusión de IVA ante las autoridades de control en Colombia.

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