En las triangulaciones internacionales de exportación, a partir de la cual  una empresa ubicada en Colombia vende bienes a una compañía – intermediaria en el exterior, quien a su vez comercializa los bienes al cliente final, estaríamos frente a una exportación de acuerdo a lo establecido como hecho generador por la legislación aduanera. En este caso, se aplica el principio de no exportación de tributos, arrojando que la exportación se encuentre exenta de IVA con derecho a devolución. El análisis en este tipo de estructuras se debe hacer con especial énfasis en la Compañía ubicada en Colombia, toda vez que es el sujeto obligado y fiscalizado, sin embargo no se puede renunciar al análisis de la compañía intermediaria, en la medida que dependiendo sus características y el modelo comercial diseñado pueden generarse efectos conexos en diversas áreas.

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