Modificación parcial del Decreto 1165 de 2019 – Régimen de Aduanas
EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO EMITIÓ DECRETO 0659 DE 2024, MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE EL DECRETO 1165 DE 2019 PRESENTANDO CAMBIOS RELEVANTES EN EL RÉGIMEN DE ADUANAS COLOMBIANO.
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades, expidió el Decreto 0659 que modifica parcialmente el Decreto 1165 de 2019, por el cual se dictan disposiciones relativas al régimen de aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013.
El presente decreto se limita a incorporar definiciones y/o modificar las existentes, así como modificar procedimientos existentes, lo que implica la supresión, cambio y creación de algunas obligaciones sustanciales del régimen de aduanas, entre las cuales podemos destacar:
- La implementación del uso generalizado de las declaraciones anticipadas como mecanismo de facilitación al comercio.
- Salvo algunas excepciones, la declaración anticipada amparará todos los productos procedentes del extranjero, independiente de que su disposición final sea la nacionalización en lugar de arribo, en depósitos habilitados por la autoridad aduanera, su ingreso a zonas francas o su reembarque.
- Los tributos aduaneros deberán ser pagados después de autorizado el pago por la autoridad aduanera.
- Cuando se trate de mercancías consignadas a una zona franca se deberá presentar la declaración de ingreso en forma anticipada.
- Permitir que las SCI puedan expedir certificados al proveedor a los usuarios industriales de zona franca cuando sus productos son 100% nacionales.
- Permitir que la reimportación en el mismo estado se pueda realizar de acuerdo a la garantía que haya expedido el proveedor sin límite de tiempo.
- Permitir documentos digitalizados.
El Decreto 0659 de 2024, entrará a regir 15 días comunes contados a partir de la publicación en el diario oficial.
En relación con la vigencia de los artículos que regulen el nuevo procedimiento aduanero y que dependan del funcionamiento del sistema de la DIAN, estos solo entrarán a regir una vez se haya realizado la actualización del mismo y desarrollado los procesos de divulgación, capacitación, pruebas funcionales, pruebas reales y la expedición de los manuales para los usuarios aduaneros.
Consulte el documento en el siguiente vinculo.
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