Se unifica el formulario de registro de cuentas de compensación con el de informe de movimientos, por lo que en adelante ambas actuaciones se deberán adelantar en el nuevo formulario 10. Así mismo, se supedita la posibilidad de transmitir ambas actuaciones en simultáneo, al hecho que el titular se encuentre habilitado para registrar cuentas de compensación mediante transmisión electrónica. De lo contrario, solo será posible transmitir el informe de movimientos, una vez se obtenga el registro de la cuenta.

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