Estimados,
Comparto el vínculo donde podrán acceder a la Resolución 67 del 20 de Octubre de 2016, por la cual se adiciona la Resolución 15 del 17 de Febrero de 2016, a fin de establecer las categorías y requisitos para que las empresas importadoras puedan ser autorizadas como Operador Económico Autorizado – OEA.

Las categorías que se incluyen en la Resolución 67 son:

• Seguridad y facilitación y
• Seguridad y facilitación sanitaria

Los importadores interesados en obtener la autorización como OEA deben cumplir con una serie de requisitos frente a los siguientes aspectos:

Categoría – Seguridad y facilitación

• Análisis y administración del riesgo
• Asociados de negocios
• Seguridad del contenedor y demás unidades de carga
• Controles de acceso físico
• Seguridad del personal
• Seguridad de los procesos
• Seguridad física
• Seguridad en tecnología de la información
• Entrenamiento en seguridad y conciencia de amenazas

Categoría – Seguridad y facilitación sanitaria

• Seguridad fitosanitaria y zoosanitaria

Es de recordar que de acuerdo a lo establecido en la nueva Regulación Aduanera, el OEA es la máxima calidad de confianza que se puede tener frente a la DIAN y demás entidades de control, lo cual facilita el desarrollo de las transacciones de importación y otorga una serie de beneficios conexos.

Descargue aquí la Resolución.

Erwin Blanco Nagle
Socio Director
Blanco De Castro Abogados
eblanco@blancodecastro.com

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