Cuando se piensa en zonas francas lo primero que imagina el colectivo social es una zona con beneficios tributarios. Y si, en realidad hay mucho de cierto en ese pensar, no obstante el análisis debe hacerse en la universalidad que corresponde y no sólo desde la perspectiva unidimensional del tributo.

En este sentido, hay que advertir como en el caso colombiano las zonas francas tienen por finalidad primaria la atracción de inversión extranjera, la generación de empleo y la reconversión industrial, lo cual dicho sea de paso, son componentes vitales en los actuales momentos de devaluación y caída de los precios mundiales del petróleo.

Bajo este contexto, podemos afirmar que los beneficios fiscales asociados a la figura de zona franca, encuentran su razón de ser en los efectos positivos que genera sobre la economía doméstica y por ende sobre el conglomerado social.

Así las cosas, las zonas francas lejos de ser un espacio geográfico con beneficios tributarios, se constituyen en un verdadero motor de la economía local.

Por tal motivo, se debe atender con prontitud el clamor empresarial de realizar una modificación estructural de las disposiciones que gobiernan el régimen franco, a fin de armonizar sus postulados con los modelos de negocios diseñados por las compañías que optan por operar bajo el esquema de zonas francas.

De no avanzar en este propósito, la figura estaría en riesgo de perder su dinamismo con los efectos colaterales que conllevaría tal situación.

Las expectativas del sector empresarial sobre el particular gravitan en un ambiente de positivismo y esperanza, dado el trabajo mancomunado que han venido adelantando la DIAN y el MINCOMERCIO.

El congreso de zonas francas organizado por la ANDI, al cual tendré el placer de asistir, sin duda será el escenario propicio para debatir los diversos temas que atañen a la figura. Esperemos las conclusiones del evento, que desde ya anticipo serán más que oportunas para la consecución del cambio normativo estructural.

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